21/05/2010
Aprobado el R.D. que regula el otorgamiento del permiso temporalAprobado el R.D. que regula el otorg
Aprobado el R.D. que regula el otorgamiento del permiso temporal |
A propuesta del Ministerio de Fomento y la Dirección General de la Marina Mercante, el Consejo de Ministros aprobó el jueves 20 de mayo el Real Decreto por el que se regula el otorgamiento de los permisos temporales de navegación para determinadas embarcaciones de recreo. Desde ANEN y la Asociación de Empresas Náuticas de baleares (AENB) nos congratulamos de dicha aprobación, ya que se trata de uno de los objetivos estratégicos de nuestra asociación y pone de manifiesto, una vez más, la sensibilidad que desde la DGMM se está mostrando hacia la evolución y puesta en valor del sector náutico español. Con el fin de facilitar la actividad del mercado náutico, el principal objetivo de esta nueva disposición es establecer un procedimiento simplificado, ágil y muy rápido que permita el uso de las embarcaciones que vayan a exhibirse en exposiciones, salones náuticos o locales comerciales del ramo. También permite la realización de las pruebas de mar de dichas embarcaciones por parte del cliente y su traslado entre puertos españoles, mediante la creación de un sistema muy similar al de la matricula verde de los automóviles. El texto aprobado por el Consejo de Ministros, que tras su publicación en el BOE entrará en vigor, aparece en la web http://www.la-moncloa.es/consejodeministros/referencias/_2010/refc20100520.htm#Recreo de la siguiente manera: Regulados los permisos temporales de navegación para determinadas embarcaciones de recreo Se crea un nuevo procedimiento simplificado, ágil y muy rápido, similar al de la matrícula verde de los automóviles. Favorece a las embarcaciones que vayan a exhibirse en exposiciones, salones náuticos o locales comerciales del ramo. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el otorgamiento de los permisos temporales de navegación para determinadas embarcaciones de recreo. Con el fin de facilitar la actividad del mercado náutico, el principal objetivo de esta nueva disposición es establecer un procedimiento simplificado, ágil y muy rápido que permita el uso de las embarcaciones que vayan a exhibirse en exposiciones, salones náuticos o locales comerciales del ramo. También permite la realización de las pruebas de comparación y comprobación de dichas embarcaciones por parte del adquirente y su traslado entre puertos españoles, mediante la creación de un sistema muy similar al de la matricula verde de los automóviles. En su conjunto, el Real Decreto conforma un procedimiento que debe iniciarse mediante la presentación de una solicitud ante la Dirección General de la Marina Mercante, vía telemática o a través de sus órganos periféricos, las treinta Capitanías Marítimas situadas a lo largo del litoral español, acompañada de unos requisitos mínimos y simplificados de documentación. La Dirección General de la Marina Mercante, en el plazo de quince días, resolverá la solicitud, otorgando, en el supuesto de que sea favorable, un permiso provisional por un plazo de seis meses. Éste será susceptible de prórroga, previa petición, por periodos iguales al del permiso inicial, a la par que establecerá una señal identificativa de la embarcación y de los requisitos que deben cumplir sus tripulaciones. Seguridad y control La seguridad y el control de las embarcaciones, la fijación de los requisitos profesionales de las tripulaciones, la exigencia de un seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria y el seguimiento y control que de dicha actividad realice la Dirección General de la Marina Mercante garantizan que las actividades se lleven a cabo en el marco de unas adecuadas condiciones de seguridad de la navegación y de la vida humana en la mar. |