03/04/2014
Marina mercante desvela las nuevas titulaciones del sector náutico
El II Congreso Náutico, que se ha iniciado esta mañana en Barcelona, y organizado por la Asociación Nacional de Empresas náuticas (ANEN) ha traído consigo varias ponencias relevantes, entre ellas la realizada por la Dirección General de la Marina Mercante, por medio de Fernando Henríquez, que ha revelado a los cerca de 200 asistentes al acto el texto definitivo de la Orden Ministerial que reformará las titulaciones náuticas y que podría entrar en vigor en un plazo de entre dos y tres meses, sin pasar el corte del Consejo de Estado.
Así, Henríquez ha desvelado cómo la nueva normativa ampliará las atribuciones previstas para las titulaciones más comunes y populares, fundamentalmente el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER).
En la mesa redonda dedicada al "Status quo reformador de la náutica de recreo", el portavoz de la DGMM ha explicado a los asistentes que existirá exención de titulación para aquellos aficionados que embarquen en una embarcación de hasta cinco metros de eslora, en caso de ser a motor y 6 metros en el caso de un velero, siempre y cuando se navegue de día y a una distancia no superior a las dos millas de un puerto de abrigo.
Por su parte, la Licencia de Navegación (el anterior titulín) se dará para navegar en embarcaciones a motor y vela de hasta 6 metros de eslora y motos de agua, con potencia adecuada a la embarcación, navegación diurna, y a un máximo de 2 millas de un puerto de abrigo. Esta licencia la otorgarán las escuelas y federaciones con certificado de calidad, después de realizar 2 horas de teoría (con nociones de radio) y 4 horas de prácticas.
Respecto al Patrón de Navegación Básica (PNB) su atribuciones serán las siguientes: motor hasta 8 metros de eslora, potencia adecuada a la embarcación, hasta 5 millas de un puerto de abrigo, exámenes realizados (como hasta ahora) por la Administración, con 8 horas de prácticas y un curso de radiocomunicaciones de 4 horas (2 de teoría y 2 de prácticas). Como en el caso anterior, teoría y prácticas las seguirán realizando escuelas y federaciones con Certificado de calidad.
El PER, quizá el título que ha asumido la mayor modificación, tendrá las siguientes atribuciones: posibilidad de patronaje de embarcaciones a motor y vela de hasta 15 metros de eslora (en el caso de la vela previa realización prácticas específicas), con potencia adecuada a la embarcación, navegación diurna y nocturna hasta un máximo de 12 millas de la costa, navegación dentro de los archipiélagos balear y canario, con exámenes realizados por la Administración, después de haber realizado16 horas de prácticas y un curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4 teóricas y 8 prácticas). En este caso sólo las escuelas náuticas certificadas podrán impartir estas enseñanzas.
Además, adicionalmente, si se realizan 24 horas de prácticas, este título habilitará para navegar a motor y vela hasta 24 metros (la vela, previa realización de prácticas específicas) y permitirá la navegación entre la Península y las islas Baleares.
Respecto al título de Patrón de Yate, su posesión permitirá comandar naves de motor y vela de hasta 24 metros de eslora (con prácticas en el caso de la vela), con un máximo de 150 millas de la costa, lo que permite navegar a lo largo de todo el Mediterráneo sin restricciones. Asimismo, los exámenes los realizará la Administración, previo a haber realizado 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P). a esto se le deberá añadir la realización del curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4 teóricas y 8 prácticas).
Finalmente, no exento de polémica, el título de Capitán de Yate permitirá comandar embarcaciones de hasta 24 metros de eslora (este punto es importante porque rebaja la actual eslora ilimitada y viene dado por que la DGMM entiende que, a partir de esa eslora, las embarcaciones pasan a ser denominadas buques), y con navegación ilimitada en el número de millas. Para su obtención, también mediante un examen de la Administración, será necesario haber acreditado 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P) el curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4 horas de teoría más 8 horas de prácticas).
Mejora de la fiscalidad del sector náutico
Fernando Henríquez también comentó en su ponencia que desde Marina Mercante están de acuerdo en que “el impulso de la náutica de recreo precisa de un tratamiento fiscal más competitivo, por lo que apoyamos las modificaciones fiscales que reclama el sector”.
Sobre este punto también trató el jurista Miguel Ángel Serra, de Garrigues Abogados, quién se refirió al problema existente con el gravamen del 12% a las matriculaciones. Sobre este punto explicó que “si bien se han conseguido eliminar para las esloras a partir de 15 metros, continúan habiendo limitaciones”. Para Serra “debemos aproximarnos a la situación del chárter de aeronaves, ya que en grandes esloras, siempre hay un uso privativo de la embarcación, no sólo está dedicada al alquiler al 100%”.
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